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jueves, 26 de abril de 2007

Sobre boletas 2 de julio

Quién sabe o quién le ha dado seguimiento a este asunto?, nuestro deber ciudadano es seguirle la pista y hasta sumarnos con firmas para solicitar o apoyar a los ciudadanos que requieran la información, enviando una carta a ambas Instituciones.
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  Rechazan hacer públicas boletas del 2 julio

Instruye el tribunal electoral al IFE para que en un plazo de 48 horas emita resoluciones en las que explique el porqué un ciudadano no puede disponer de las boletas electorales

  Jorge Herrera
El Universal
Ciudad de México
Miércoles 25 de abril de 2007

  15:32 Las boletas convertidas en votos de la elección presidencial 2006 no son públicas ni disponibles, definió este día la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
  Sólo pueden conocer este material dos autoridades: La Junta Distrital Electoral al contar los votos, y los magistrados electorales del TEPJF al proceder un recuento de los votos en la calificación de la elección presidencial.       Esta posición fue adoptada por unanimidad de los siete magistrados de la Sala Superior del TEPJF, al resolver dos quejas de ciudadanos que pretendían acceder a este material electoral, pero sus solicitudes fueron negadas —en diciembre de 2006— por la Comisión del Consejo para la Transparencia y Acceso a la Información del Instituto Federal Electoral (IFE).       Si bien los magistrados determinaron que las boletas convertidas en votos no puede ser públicas, en el fallo de hoy también determinaron revocar las resoluciones de la Comisión de Transparencia del Instituto Federal Electoral (IFE) —en la que se niega a dos personas el acceso a ese material electoral— porque no fueron debidamente motivadas ni fundamentadas.       De esta manera, la Sala
 Superior instruyó al IFE para que en un plazo de 48 horas emita nuevas resoluciones, en las que explique correctamente por qué un ciudadano no puede disponer de estas boletas.       Para ello, los magistrados recomendaron a los consejeros del IFE recurrir a la ley electoral, pero también a la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como a los tratados internacionales en la materia.       Durante la sesión pública de hoy, los siete magistrados electorales explicaron algunos de los puntos que no fueron debidamente motivados o fundamentados en la negativa de la Comisión del Consejo para la Transparencia y Acceso a la Información del IFE:       Los integrantes de esta Comisión del IFE se equivocaron al establecer que el permitir ese acceso a las boletas electorales, podría generar un riesgo para la seguridad nacional.       Explicaron además que las autoridades del IFE plantearon una antonimia (contraposición) entre la ley electoral y la Ley Federal
 de Acceso a la Información Pública Gubernamental.    
  Precisaron los magistrados que estas disposiciones de ley no se contraponen, y que por el contrario se complementan en razón de que respaldan los derechos y valores de los ciudadanos, como el votar, ser votado y la libertad de información.

  http://www.eluniversal.com.mx/notas/421151.html

                  Sanciona Tribunal a Comisión de Transparencia del IFE

Amonestan al órgano electoral porque tomó atribuciones no previstas en la ley electoral y reconducir indebidamente el juicio de Delia Angélica Ortiz Trujillo           Jorge Herrera
El Universal
Ciudad de México
Miércoles 25 de abril de 2007
16:45 El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió esta tarde una amonestación pública en contra de los integrantes de la Comisión del Consejo para la Transparencia y Acceso a la Información del Instituto Federal Electoral (IFE).   La amonestación es una de las tres medidas de apremio con la que cuenta el TEPJF.   Funcionarios del TEPJF, informaron que antes de la amonestación está el apercibimiento, y después de esta medida sigue la sanción económica, la cual se subdivide de ligeras a graves.   La amonestación, explicó el magistrado Manuel González Oropeza durante la sesión pública de hoy, se gira en contra de ese órgano de Transparencia del IFE, porque tomó atribuciones no previstas en la ley electoral y reconducir indebidamente el juicio de Delia Angélica Ortiz Trujillo.   Delia Angélica Ortiz Trujillo, es una de las dos personas que apeló o se inconformó ante la negativa del IFE para acceder a las boletas de la elección presidencial del 2006.
   En su caso, buscaba los votos nulos emitidos como parte de los resultados de la elección presidencial.   Daniel Lizárraga Méndez, es el otro ciudadano que apeló la negativa del IFE, pero en su caso buscaba acceder a todas las boletas de votación de la elección presidencial.   El magistrado Oropeza precisó durante la recta final de la discusión de este caso:   "Quisiera hacer referencia que en el juicio 88/2007 encontramos serias irregularidades cometidas por el Instituto Federal Electoral en la sustanciación de los recursos y demandas presentadas por la ciudadana Delia Ortiz, en virtud de que el Instituto tomó atribuciones que no están previstas en la ley y recondujo este juicio de protección de derechos transformándolo en un recurso interno que, además, sustanció sin el debido proceso legal por lo que en el considerando relativo a ésta parte en el expediente 88 se propone una sanción a los miembros del Comité respectivo que se condujeron de ésta manera".   goc/alcr

http://www.eluniversal.com.mx/notas/421185.html

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